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La empresa usuaria y el trabajador

Las facultades de dirección y control de la actividad laboral deben ser ejercidos por la empresa usuaria durante el tiempo de prestación de servicios en su ámbito. Sin embargo, cuando la empresa usuaria considere que ha habido un incumplimiento contractual por parte del trabajador debe ponerse en contacto con la empresa de trabajo temporal para que pueda adoptar las medidas sancionadoras oportunas.

La empresa usuaria tiene obligaciones con el trabajador en materia de:

Prevención de riesgos laborales:

La empresa usuaria debe recabar la información necesaria para asegurarse de que el trabajador puesto a su disposición reuna las siguientes condiciones:

  • Ha sido considerado apto a través de un adecuado reconocimiento médico adecuado al puesto de trabajo a desempeñar.
  • Posee las capacidades y cualificaciones requeridas para el desempeño de las tareas que se le encomienden, en las condiciones en que vayan a efectuarse y cuenta con la formación necesaria, todo ello en relación con la prevención de riesgos laborales.
  • Ha recibido las informaciones relativas a las características propias del puesto de trabajo y de las tareas a desarrollar. A las cualificaciones y aptitudes requeridas y a los resultados de la evaluación de riesgos.

Informar al trabajador de los riesgos existentes para su salud y seguridad, tanto de aquellos que concurran de manera general en la empresa como de los específicos del puesto de trabajo y tareas a desarrollar, y de las correspondientes medidas y actividades de prevención y protección, en especial en lo relativo a las posibles situaciones de emergencia.

Informar de la incorporación de todo trabajador puesto a disposición por ETT, especificando el puesto de trabajo a desarrollar, sus riesgos y medidas preventivas y la información y formación recibidas por el trabajador a los delegados de prevención o representantes legales de la empresa y al servicio de prevención de la empresa y en su defecto a los trabajadores designados para llevar a cabo los servicios de prevención de la empresa.

El trabajador en misión debe tener asegurado el mismo nivel de protección de la salud que los restantes trabajadores de la empresa. Debe informar a la ETT de la evaluación de los riesgos a que esté expuesto el trabajador con la periodicidad requerida. Así mismo informará a la empresa de trabajo temporal de todos los accidentes de trabajo que sufra el trabajador puesto a disposición.

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En materia de salarios y seguridad social

La empresa usuaria responde subsidiariamente de las obligaciones salariales y de seguridad social con el trabajador durante la vigencia del contrato de puesta a disposición. Dicha responsabilidad es solidaria en el caso de que el contrato de puesta a disposición se haya realizado incumpliendo lo dispuesto en la Ley.

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Los derechos de los trabajadores en misión en la empresa usuaria

Los representantes de los trabajadores de la empresa usuaria tiene atribuida la representación de los trabajadores en misión mientras ésta dure. La empresa usuaria debe entregar a los representantes de los trabajadores, en el plazo de diez días desde el inicio de la relación laboral, copia básica del contrato de trabajo o de la orden de servicio, o en su caso, del trabajador puesto a disposición que le debe haber facilitado la ETT. Así mismo les debe informar sobre cada contrato de puesta a disposición que celebre y el motivo del mismo.

El trabajador puede realizar reclamaciones en relación con las condiciones de ejecución de la actividad laboral, así mismo tiene derecho a utilizar el transporte e instalaciones colectivas de la empresa.

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